jueves, 29 de marzo de 2012

Un retroceso en el área de salud mental

Diputados porteños de diversos partidos denunciarán hoy “la desarticulación del Programa de Atención Comunitaria de Niños, Niñas y Adolescentes con Trastornos Mentales Severos (PAC), por la Dirección General de Salud Mental de la CABA”. El PAC, que desde un centro de salud de la Ciudad “organiza redes de contención sociofamiliar para niños en alta vulnerabilidad”, podría ser trasladado al hospital Tobar García, de internación, y sus coordinadores serían desplazados. Una fuente del Ministerio de Salud porteño aseguró a este diario que “se garantizará la continuidad del funcionamiento del PAC, sin perjuicio de la posibilidad de cambios en sus coordinadores o su localización”.
El PAC viene trabajando en articulación con distintas áreas del gobierno porteño y diversas instituciones. Desde el Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, así como desde la Asesoría General Tutelar, destacaron que “el PAC es valioso porque ayuda a sostener a los niños en su medio familiar y evitar internaciones”. El Programa –que tiene 250 niños en atención– recibió premios de la universidad y entidades profesionales y estaba a punto de ampliarse a varios barrios de la Ciudad. Con las nuevas medidas, su coordinación se confiará a un experto en internación psiquiátrica.
La denuncia será efectuada por los diputados María Elena Naddeo (Frente Progresista y Popular), Jorge Selser (Proyecto Sur), Gabriela Alegre (Frente para la Victoria), Virginia González Gass (Socialista Auténtico), Rocío Sánchez Andía (Coalición Cívica), Laura García Tuñón (Buenos Aires para Todos) y Edgardo Form (Nuevo Encuentro). Es apoyada por la Mesa Permanente Intersectorial de Salud Mental.
La resolución 347 del ministro de Salud porteño, Jorge Lemus, no fue todavía publicada, pero María Grosso, directora de Salud Mental de la CABA, la habría comunicado por correo electrónico. El programa, que siempre funcionó en el Centro de Salud Mental Nº 1, pasaría al Tobar García y su coordinación quedaría a cargo de Walter Bentos, psiquiatra, gremialista en la Asociación de Médicos Municipales y coordinador del curso “Emergentología aplicada a un hospital de salud mental”, dictado en 2011 en el Tobar García para médicos y enfermeros de internación.
El PAC fue oficializado en 2007, luego de funcionar desde 1989. Desde entonces su coordinadora general es la psicóloga Alejandra Barcala. “El PAC trata de evitar las internaciones en el Tobar García por cuestiones sociales –explicó a este diario–. Es territorializado, con el criterio de estar cerca de los domicilios de los chicos. Algunos de los profesionales que lo integran son enviados por el Area de Capacitación del Ministerio de Salud de la Ciudad, que propicia la formación de los residentes en los centros de atención primaria.” Barcala comentó que “en julio íbamos a abrir tres nuevos centros: en Villa Soldati, en el Bajo Flores y en la Boca”.
Nori Pignatta, directora general de Programas Descentralizados del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes –del gobierno porteño–, contó a este diario que “el PAC nos resulta muy valioso. Desde nuestras defensorías barriales solicitamos su intervención: trabajan las estrategias en conjunto con la defensoría, la escuela, la institución de alojamiento si fuese el caso. Apuntan a fortalecer a la familia para que pueda hacerse cargo del chico o para que el chico institucionalizado pueda volver a su medio familiar”.
Laura Musa, titular de la Asesoría General Tutelar (AGT) de la ciudad de Buenos Aires, destacó que “utilizamos mucho el PAC; el cambio de los profesionales que lo han creado y desarrollado equivale a la muerte del PAC”. Gabriela Spinelli –coordinadora de salud mental de la AGT– agregó que “el PAC ha venido trabajando con todos los otros programas del Gobierno de la Ciudad, bajo esta misma gestión, y constituye una experiencia que en distintos lugares del país quieren replicar”.
María Elena Naddeo –titular de la Comisión de Seguimiento de la Ley 448 de Salud Mental– sostuvo que “la desarticulación del PAC es un gran retroceso en la desinstitucionalización exigida por la ley”. Jorge Selser, titular de la Comisión de Salud, afirmó que “el desmantelamiento del PAC afecta los derechos de los chicos, en tratamiento con profesionales que han construido trabajosamente el vínculo terapéutico. La medida remite a la medicalización de la salud mental”. Alfredo País, asesor de la Comisión de Salud, observó que “la Asociación de Médicos Municipales se apropiará de la dirección de un dispositivo que está a cargo de psicólogos”.
El PAC obtuvo el Premio al “Mejor trabajo sobre un dispositivo en salud mental” de las Jornadas de Investigación de la Facultad de Psicología de la UBA, en 2008. Y, en 2010, obtuvo mención en el Congreso de la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA).

jueves, 15 de marzo de 2012

YPF empezó a perder terreno desde el sur

Los gobiernos de Chubut y Santa Cruz cumplieron ayer con su promesa y le quitaron cuatro concesiones a la petrolera YPF por falta de inversiones. En un acto realizado sobre la Ruta 3, en el límite entre ambas provincias, el gobernador de Chubut, Martín Buzzi, canceló los contratos para la explotación de los yacimientos El Trébol Escalante y Campamento Central- Cañadón Perdido, mientras que su par de Santa Cruz, Daniel Peralta, hizo lo propio con las áreas Los Monos y Cerro Piedras-Cerro Guadal Norte. El gobierno nacional estuvo representado por el secretario de Energía, Daniel Cameron, y el subsecretario de Coordinación del Ministerio de Planificación, Roberto Baratta, quienes respaldaron los anuncios. YPF le respondió sólo a Chubut. “La compañía informa que emprenderá las medidas legales oportunas para garantizar la defensa de sus derechos”, declaró a través de un comunicado. Buzzi, sin embargo, no se mostró muy preocupado durante el anuncio. “Ustedes han visto que el precio de las acciones de YPF bajaron en España, Buenos Aires y Nueva York. Esas acciones van a seguir bajando porque están subiendo las acciones del pueblo patagónico”, afirmó.
El acto se llevó adelante a las 18 frente al puesto policial Ramón Santos ante unas 10 mil personas, en su mayoría trabajadores petroleros. Los gobernadores primero firmaron los decretos que declaran la caducidad de las concesiones y luego discursearon ante la multitud. “Nos cansamos de que nos ninguneen, de políticas que se dirigen en España para sacar el petróleo de nuestra Patagonia querida”, aseguró Peralta. El mandatario santacruceño sostuvo que la medida busca generar más trabajo en la provincia y les pidió a los trabajadores que se encolumnen detrás de la medida. Al finalizar, le envió un mensaje a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en lo que pareció un pedido para que suba la apuesta en la disputa con la petrolera. “Compañera Presidenta, acá tiene dos pueblos de pie. Avance y haga lo que tenga que hacer para recuperar lo que hemos perdido”, afirmó.
Luego fue el turno de Buzzi. El gobernador aseguró que la rescisión de los contratos se debió a los incumplimientos de YPF, dijo que fue una decisión tomada con “suma responsabilidad” y que los yacimientos que le están sacando a la petrolera controlada por Repsol pueden aportarle más a Chubut. Además, dio a entender que la disputa no culminó con la quita de estos dos yacimientos: “Si no hacen lo que corresponde, vamos a seguir avanzando porque son recursos nuestros”. La intención de Buzzi es traspasarle esos pozos a otra empresa. En el decreto dice que la caducidad de las concesiones se hará efectiva en un plazo de 90 días corridos desde que YPF sea notificada e instruye a la estatal Petrominera Chubut para que busque un nuevo operador en ese plazo. Pan American Energy, principal empresa petrolera de la provincia, es una de las grandes candidatas a suceder a YPF, pero el gobernador remarcó en varias ocasiones que hay varios interesados.
El secretario de Energía, Daniel Cameron, también dijo unas palabras. “Como argentino, patagónico y santacrueño doy gracias a Dios de estar con ustedes. Hoy se marca un antes y un después en esta historia. Se dará mejor calidad de vida a la gente y con empresas que, además de ganar dinero, garantizarán con su responsabilidad social una sociedad en paz”, afirmó.
Apenas terminó el acto, YPF emitió un comunicado en el que le respondió sólo a Chubut. En la empresa afirmaron a este diario que esperan “mayores precisiones” sobre el decreto que firmó Peralta antes de fijar posición ante Santa Cruz. No obstante, los yacimientos que le quitó Peralta son marginales para la compañía, mientras que las concesiones que hizo caducar Chubut representan el 19 por ciento de su producción de crudo en esa provincia y el 6,9 por ciento de su producción nacional.
De hecho, apenas se conocieron las intimaciones, YPF también había optado por responderle públicamente sólo a Chubut. El director ejecutivo de Comunicación e Imagen de la compañía, Sergio Resumil, viajó especialmente a la provincia el martes de la semana pasada para ofrecer una conferencia de prensa donde desmintió las afirmaciones del gobernador. Sin embargo, en esa ocasión Buzzi no tuvo contemplaciones y la emprendió con dureza contra el ejecutivo. “A nosotros no nos va a venir a correr un cuatro de copas que llega en un avión de la mañana y se va en un avión de la noche”, afirmó.
En YPF hace ya varias semanas que consideraban inevitable el anuncio que Buzzi realizó ayer. En respuesta, se limitaron a remarcar que cumplieron con las pautas de inversión establecidas en el artículo 31 de la Ley de Hidrocarburos y que irán a la Justicia. “No están dadas las condiciones de seguridad jurídica en la provincia que permitan a YPF y sus socios el normal desarrollo de sus actividades según lo establecido en la Ley de Hidrocarburos y la Constitución nacional”, agregaron ayer, dando a entender que podrían abandonar todas las concesiones de Chubut, aunque es difícil creer que la empresa vaya a resignar ganancias voluntariamente.

miércoles, 14 de marzo de 2012

El fallo que pone en vereda a jueces y médicos

“Lejos de estar prohibido”, el aborto “está permitido y no resulta punible” cuando “el embarazo es consecuencia de una violación”. Vale para toda mujer. Es un derecho que se debe interpretar en forma “amplia” y sin distinciones “discriminatorias” que lo limiten a quienes padecen una discapacidad mental. Interrumpir la gestación producto del abuso sexual tampoco requiere ninguna clase de autorización judicial ni trámite burocrático. Así lo estableció la Corte Suprema, finalmente, en un fallo que aclara que ésa es la única interpretación posible del Código Penal y advierte que cualquier otra que intente obstaculizar el acceso al aborto no punible sólo pone a las mujeres en una nueva situación de “violencia”, pero “institucional”. El tribunal exhortó a funcionarios de la Justicia y médicos a dejar de judicializar estos casos, una “práctica” que calificaron tanto de “innecesaria e ilegal” como “cuestionable porque obliga a la víctima del delito a exponer públicamente su vida privada y es también contraproducente porque la demora que apareja pone en riesgo tanto el derecho a la salud de la solicitante como su derecho al acceso a la interrupción del embarazo en condiciones seguras”. La resolución conmina a las autoridades nacionales, provinciales y porteñas a aplicar “normas de alto nivel” y “protocolos hospitalarios” para atender “abortos no punibles y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual”.
La sola mención de la palabra “aborto” fue tabú en la Corte años atrás, antes de su renovación en 2003. Si emergía, aparecía teñida de creencias religiosas, valores culturales o principios morales. La misma lógica que ha hecho que durante décadas la respuesta tanto del sistema de salud como de los tribunales haya sido introducir a las embarazadas víctimas de violencia sexual en laberintos judiciales interminables tendientes a agravar sus circunstancias más que a ampararlas. Ahora el alto tribunal decidió despojar el tema de esos condimentos y “fijar una doctrina” que resuelva “cómo interpretar el Código Penal”, explicó ayer el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, al presentar en sociedad el fallo, que pidió despegar de la discusión por la despenalización del aborto en general (ver aparte). La decisión fue unánime en sus resultados generales, aunque dos jueces –Enrique Petracchi y Carmen Argibay– hicieron votos aparte, más acotados.
“Hay una secuencia extendida de casos a lo largo y lo ancho del país que le dan al tema una gravedad institucional que requiere solución”, enfatizó Lorenzetti. La judicialización de los abortos no punibles, dijo ante periodistas, “afecta los derechos de la mujer” y muestra que “el sistema no está funcionando bien”, evaluó. Con este diagnóstico, explicó, la Corte decidió admitir como caso testigo el de A. G., una adolescente de Comodoro Rivadavia que fue violada por su padrastro cuando tenía 15 años. Su mamá optó por llevar el pedido de aborto a la Justicia para que se hiciera en un hospital público de modo de resguardar muestras genéticas que sirvieran para probar la violación. En la Justicia penal, juez y fiscal se declararon incompetentes, el fuero de familia rechazó la petición en primera y segunda instancia y, cuando el embarazo de A. G. ya tenía 20 semanas, la Corte Suprema de Chubut dio vuelta el enfoque y ordenó encuadrar el reclamo como un aborto no punible. Aunque descartó la necesidad de autorización, la firmó para saldar una polémica que se estiraba mientras la joven “presentaba síntomas depresivos” e “ideas suicidas” ante un “embarazo” que avanzaba y era “vivido” por ella como “un evento extraño, invasivo”.
El aborto se hizo el 11 de marzo de 2010. Pero un asesor general subrogante de la provincia recurrió a la Corte invocando “derechos del niño por nacer” y con el argumento de que el aborto sólo podía autorizarse si la víctima era “idiota o demente”, según su interpretación del inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, la misma que suelen aplicar muchos de sus colegas y jueces. Para la Corte, la historia de A. G. es “susceptible de repetición”. No importa si el aborto ya se hizo. Por la controversia jurídico-histórica, a otras mujeres les podría pasar lo mismo. “Queremos evitarlo”, dijo Lorenzetti. Además precisó que la Argentina fue observada por organismos internacionales, entre ellos el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Comité por los Derechos del Niño, e intimada a eliminar los escollos que impiden el acceso a abortos no punibles. Omitir el tema puede “comprometer la responsabilidad del Estado Argentino”, admite el fallo.
El voto de la mayoría de los jueces supremos tiene dos ejes:
- Uno define los alcances del inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, que fija que no es punible el aborto si el embarazo es producto de una violación “cometida sobre una mujer idiota o demente”. Para la Corte la única distinción que hace la ley es que quien sufre una discapacidad mental necesita que alguien lo represente para consentir la intervención médica. Cualquier otra lectura, dicen los jueces, es una “distinción irrazonable de trato respecto de toda otra víctima de análogo delito” cuando, además, la obligación estatal es proteger a todas las víctimas de la violencia sexual. “La pretensión de exigir a toda otra víctima de un delito sexual llevar a término un embarazo, que es la consecuencia de un ataque contra sus derechos más fundamentales, resulta, a todas luces, desproporcionada y contraria al postulado (...) que impide exigirles a las personas que realicen, en beneficio de otras o de un bien colectivo, sacrificios de envergadura imposible de conmensurar”.
“No es punible toda interrupción del embarazo que sea consecuencia de una violación con independencia de la capacidad mental de su víctima”, despeja la Corte en forma contundente. Para desarticular el planteo del asesor tutelar chubutense, los jueces supremos dicen que ni la Constitución ni los tratados de derechos humanos que suscribe el país –y en que él se basa– prohíben la realización de abortos frente a embarazos producto de una violación sino que, al contrario, impide castigarlos en función de los principios de igualdad, dignidad y legalidad. Tampoco dicen nada del derecho a la vida o los abortos en general. En esa clave amplia dice que hay que leer el artículo 86 (que precisa los permisos para abortar), cuya vigencia y constitucionalidad ratifica.
- El otro eje alude a las consecuencias palpables de la judicialización de abortos no punibles a través de la exigencia de una autorización judicial. “Se sigue manteniendo una práctica contra legem (contra la ley) fomentada por los profesionales de la salud y convalidada por distintos operadores de los poderes judiciales nacionales como provinciales (...) exigiendo allí donde la ley nada reclama requisitos tales como la solicitud de una autorización para practicar la interrupción del embarazo producto de una violación, lo que termina adquiriendo características intolerables a la luz de garantías y principios constitucionales”. En este punto el tribunal cuestiona que queda expuesta “la vida privada” de la víctima y se pone en riesgo el “derecho a la salud” y a un aborto “en condiciones seguras”.
La Corte es taxativa: a una mujer que pide acceder a un aborto en esas circunstancias no se le puede pedir autorización alguna de un juez. Basta con que firme una declaración jurada que consigne ante el médico la situación de abuso, ni siquiera es imprescindible que haga una denuncia penal (ver aparte). De lo contrario la Justicia estaría interponiendo, dice la resolución, “un vallado extra” y “entorpece una concreta situación de emergencia sanitaria”. “Este tribunal –afirma el fallo– se ve en la necesidad de advertir a los profesionales de la salud la imposibilidad de eludir sus responsabilidades profesionales” y “recuerda a los operadores de los distintos poderes judiciales del país que”, según las excepciones del Código Penal, “es la embarazada que solicita la práctica, junto con el profesional de la salud, quien debe decidir llevarla a cabo y no un magistrado a pedido del médico”.