miércoles, 15 de diciembre de 2010

El Gobierno formalizó la creación del Ministerio de Seguridad

Suman ahora quince los ministerios, con la creación del Ministerio de Seguridad, al que transfieren la Gendarmería, la Prefectura, la Seguridad Aeroportuaria. "Mantener la paz social y la tranquilidad pública como obligaciones indelegables del Estado" impusieron la creación del nuevo ministerio.
El Gobierno formalizó hoy la creación del Ministerio de Seguridad, por Decreto 1993/ 2010 y por otra parte oficializó la designación al frente del mismo de Nilda Garré, y el nombramiento de Arturo Puricelli al frente de Defensa.

Además ratificó a Julio Alak al frente del ahora Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (antes Justicia, Seguridad y Derechos Humanos).

De este modo se formalizó el desdoblamiento de Justicia y Seguridad, elevando así a 15 el número de ministerios. El que conducirá desde ahora Garré se suma a Interior, Relaciones Exteriores, Defensa, Economía, Industria, Agricultura, Turismo, Planificación Federal, Justicia y Derechos Humanos, Trabajo, Desarrollo Social, Salud, Educación y Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.

Dispone que se transfiera la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina y la Policía de Seguridad Aeroportuaria del ámbito de Justicia al nuevo Ministerio de Seguridad.

También se le transfiere al Ministerio de Seguridad la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina. También se transfiere el Consejo de Seguridad Interior a la órbita del Ministerio de Seguridad.

Las transferencias dispuestas comprenden sus competencias, unidades organizativas con sus respectivos cargos, nivel de funciones ejecutivas, dotaciones de personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios, manteniendo el personal transferido sus respectivos niveles y grados de revista escalafonarios.

Será competencia del nuevo Ministerio de Seguridad asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático y en particular:

Entre otras deberá entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna y la dirección y coordinación de funciones y jurisdicciones de las fuerzas policiales y de seguridad nacionales (Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria) y provinciales.

Deberá dirigir el Esfuerzo Nacional de Policía, planificando y coordinando las acciones individuales y de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, atendiendo a todo lo que a ellas concierne en cuanto a su preparación, doctrina y equipamiento. También entender en la organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Policiales.

En los considerandos expresa que “la experiencia acumulada demuestra la necesidad de continuar realizando políticas orientadas al desarrollo de aquellas áreas que tienen especial importancia con la calidad de vida de los ciudadanos y con el objeto de dar respuesta a las demandas sociales”.

Se analizó, agrega, “la trascendencia que la seguridad interior representa para la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático, configurando un instrumento indispensable para el bienestar individual y colectivo, desempeñando así un rol fundamental para el desarrollo del país en su conjunto”, lo cual, agrega, “hace necesaria la creación de un área que profundice la temática sobre el particular”.

Destaca que “mantener la paz social y la tranquilidad pública como obligaciones indelegables del Estado imponen arbitrar todos los medios y recursos disponibles para asegurar el goce de dichos valores a todos los habitantes”.

Recuerda que la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior, entendiéndose por tal a la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional.

En de estas consideraciones “la creación de un área específica en la materia permitirá maximizar la coordinación y participación de los distintos sectores involucrados, optimizando la cooperación y convocatoria supletoria o complementaria de todas o cada una de las fuerzas policiales y de seguridad, coordinando la integración y complementación funcional de recursos humanos y materiales disponibles en dichas fuerzas”.

La incorporación del Ministerio de Seguridad al organigrama estatal, “posibilitará perfeccionar el uso de los recursos públicos, incrementando la calidad de acción estatal, además de concretar las metas políticas diagramadas, y de racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública, orientada claramente hacia dicho sector”.

El Decreto, que entra en vigencia a partir de hoy, tiene Acuerdo General de Ministros, con las firmas de la Presidenta, del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y de los ministros Aníbal F. Randazzo, Nilda C. Garré, Amado Boudou, Débora A. Giorgi, Julián A. Domínguez, Julio M. De Vido, Julio C. Alak, Carlos A. Tomada, Alicia M. Kirchner, Juan L. Manzur, Alberto E. Sileoni, José L. S. Barañao, Carlos E. Meyer y Héctor M. Timerman.
Se dio intervención al Congreso Nacional con respecto a los decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), para que se pronuncie la Comisión Bicameral Permanente.

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