miércoles, 23 de febrero de 2011

Desarrollar el SISTEMA DE HISTORIA CLÍNICA ÚNICA

Esto lo estipula la Ley Básica de Salud Nº 153  y aún no se ha puesto en vigencia
La propuesta permitirá agilizar trámites y evitar esperas, una mejor identificación de cada persona que concurre para su atención a hospitales y centros de salud y un correcto seguimiento de prestaciones médicas, análisis complementarios y/o tratamientos efectuados a cada individuo, independientemente de la sede o prestador donde sea atendido.






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